Criterios de uso de las lenguas oficiales en IVAP

El 11 de febrero, la dirección del IVAP aprobó el documento llamado ”Hizkuntza irizpideak” por el cual se detalla el uso de las lenguas oficiales dentro del IVAP. Entre las diferentes áreas que se recogen en el citado documento cabe destacar, por ejemplo, cómo utilizar dichos criterios en lo que respecta a las relaciones escritas, a las comunicaciones orales o también a las telemáticas. Asimismo, se han detallado los criterios en las siguientes áreas: traducciones, registro, publicaciones, rotulación, publicidad y actos públicos.

El citado documento entró en vigor el pasado 1 de marzo; y en último término es una clara declaración escrita del compromiso que tiene nuestro organismo para con el euskera. Ni más, ni menos.

  • Reconocemos la capacidad de conversar en ambos idiomas oficiales a los trabajadores y trabajadoras que cuenten con el perfil lingüístico correspondiente acreditado.

  • No resulta suficiente con que el IVAP responda en euskera a aquellas personas que acudan a la administración haciendo uso de dicha lengua.  Habida cuenta de los recursos con que contamos, invitamos a comunicar en euskera.

  • Impulsaremos una comunicación escrita de calidad.

  • En las comunicaciones bilingües, destacaremos el euskera.

 

A.1. Cuando el ciudadano toma la iniciativa.

 
  • La primera palabra, siempre en euskera.
  • Las entrevistas, en la lengua elegida por el ciudadano.
  • Los mensajes en los que se desconoce a la persona destinataria, en euskera y castellano respectivamente.
  • Garantizaremos el servicio en euskera.
  • En caso de que un ciudadano se dirija en euskera a un trabajador que no domina dicha lengua y que no se sienta capacitado para ofrecer el servicio adecuadamente en la misma, solicitará ayuda a algún compañero vascohablante del entorno.
  • Los trabajadores no podrán solicitar al ciudadano que hable en una u otra lengua.
 

A.2. Relación entre administraciones.

 
  • La primera palabra, siempre en euskera.
  • En cuanto a las entrevistas adquiriremos el compromiso personal de continuar en euskera, siempre que el interlocutor sea vascohablante.

 

 

A.3. Relación interna en el gobierno.

 
  • La primera palabra, siempre en euskera.
  • En cuanto a las entrevistas adquiriremos el compromiso personal de continuar en euskera, siempre que el interlocutor sea vascohablante.
 

B.1. Cuando el IVAP toma la iniciativa de la relación

  • En euskera: Si previamente el receptor (ciudadano, un trabajador de otra administración o de la nuestra) ha optado por el euskera.

    - Cuando la relación habitual se desarrolle íntegramente en euskera (se entiende que se ha optado por ello).
  • En el resto de los casos, en euskera y en castellano, si bien daremos al receptor la oportunidad de optar por el euskera a través de una nota.
 

B.2. Cuando el IVAP responde a una comunicación

 
  • Se responderá en euskera al escrito que haya sido recibido en dicha lengua.
  • En castellano, al escrito recibido en castellano. Si el servicio tiene capacidad para entablar la comunicación en euskera, daremos al solicitante la oportunidad de optar por dicha lengua a través de una nota.
  • En euskera y castellano a los escritos bilingües recibidos. Pero en caso de que preveamos que dicha respuesta se extenderá más de tres páginas (cuatro o más), nos pondremos en contacto con el solicitante para saber en qué idioma prefiere ser atendido, es decir, íntegramente en euskera o en castellano.
 

En los escritos que se han de preparar en ambos idiomas, se podrán escribir ambas versiones simultáneamente (el mismo trabajador o dos conjuntamente), con el objetivo de ser enviadas finalmente. Con tal fin, se seguirán los criterios indicados en el Libro de estilo del IVAP. Aplicaremos este criterio a todas las comunicaciones escritas.

  • Emplearemos el idioma elegido por el ciudadano.

  • Cuando la tramitación de la última comunicación se trate de un texto estandarizado, el sistema ofrecerá la oportunidad de recibirla en ambos idiomas.

El eje en torno al que giran los criterios de traducción es el siguiente: por una parte, la promoción del funcionamiento en euskera de los trabajadores, es decir, que a la hora de crear textos resulte un aliciente el empleo de dicha lengua. Por otra, evitar la duplicación excesiva del trabajo a los trabajadores capacitados para desempeñar su trabajo en euskera. Al fin y al cabo, la formación lingüística que han percibido los trabajadores está enfocada a capacitarlos en la redacción de escritos en euskera y no en la traducción de los mismos. No hemos preparado a los trabajadores para ser traductores. Teniendo en cuenta dichas ideas, aplicaremos los siguientes criterios de traducción en el IVAP:

  • Podrán remitirse para su traducción al Servicio Oficial de Traducción (IZO) documentos dirigidos al exterior, solamente cuando se cumplan los siguientes requisitos: que el documento en cuestión esté redactado en euskera y tenga una extensión superior a tres páginas.
  • En el resto de los casos, cuando haya que adecuar un texto en ambos idiomas, el mismo trabajador habrá de efectuar dicha labor.

De todos modos, habrán de tenerse en cuenta también los siguientes criterios:

  • Si los trabajadores lo precisasen, podrán solicitar ayuda para revisar y corregir el texto.  Se decidirá en cada caso quién debe efectuar dicha labor: en la mayoría de los casos lo podrá hacer un trabajador del servicio, podrán también contar con la ayuda de los formadores, y, finalmente, en los casos más complicados, del Servicio Oficial de Traducción.

  • Los textos procedentes del exterior solo se traducirán si los receptores o responsables de la tramitación no tienen como mínimo acreditado el tercer perfil lingüístico.  En cualquier caso, si el texto resulta ser técnicamente dificultoso (sentencia, informe, etc.) se realizará una traducción resumida del fragmento decisivo del contenido, con el fin de que sea inteligible para la persona que lo haya de tramitar.

  • La aplicación del registro ofrecerá la posibilidad de registrar en que lengua está redactado el documento, tanto en lo que respecta a la lengua del oficio como a la del documento mismo.

  • Registraremos los documentos en la lengua o lenguas en que estén redactados (o solamente en euskera, si así se decidiera).

  • Si se trata de obras de autor, se publicarán siempre en la lengua en la que han sido redactados originariamente. De todos modos, también se podrán publicar en otra lengua oficial cuando hayan de ser empleados en dicha lengua.
  • Los manuales, materiales lingüísticos y materiales administrativos que produzca el IVAP lo serán en ambas lenguas. Pero en el caso de que se hayan de emplear en una sola lengua, no se publicarán más que en esa.

  • Todas las aplicaciones estarán preparadas para emplearlas en ambas lenguas oficiales, así como los manuales respectivos.

  • La versión en euskera será adecuada e inteligible y no una mera adaptación de la de castellano. En caso de precisarse, un técnico del área técnica correspondiente revisará ambas versiones con el fin de que sean adecuadas y comprensibles.

  • En nuestros ordenadores priorizaremos la versión en euskera (sistema operativo y paquetes de Office).

  • Los contenidos estarán dispuestos para ser consultados en euskera y castellano.

  • Encontraremos en la red la versión en euskera, y tendremos opción de elegir idioma.

  • Cuando demos la oportunidad de efectuar tramitaciones, se podrán realizar tanto en euskera como en castellano. 

  • Cuando el IVAP introduzca en su página web contenidos externos, emplearemos ambas lenguas oficiales de modo equilibrado y cuidando la calidad.

  • Sólo en euskera:
    - En los casos en que las palabras de la rotulación tengan una grafía similar en castellano y en euskera.

  • Cuando se exprese el mensaje a través de un pictograma y resulte comprensible de esa manera, no lo especificaremos ni en euskera ni en castellano. 

  • En general, en euskera y en castellano.

  • En euskera, en los medios de comunicación que se expresan en dicha lengua.
  • En euskera y castellano, en el resto.

Al contratar la campaña de comunicación una de las condiciones que se establecerá será que se efectúe en ambas lenguas (de ser preciso).

  • Todos los órganos, programas, proyectos, actividades o acciones dispondrán, cuando proceda, de denominaciones oficiales en ambas lenguas oficiales.

  • En lo que respecta a la toponimia, aceptaremos las denominaciones oficiales tal y como se encuentren aprobadas (en cualquiera de los idiomas).

  • Los empleados bilingües garantizarán el empleo del euskera en los actos que se celebren en la CAV, Navarra y el Norte de Euskal Herria.

  • Elegiremos personas con capacitación adecuada en euskera para los actos públicos (OPEs, cursos, jornadas…).

  • En la fase de organización de actos públicos, el responsable del IVAP especificará el empleo de ambas lenguas.

  • Nos serviremos de las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías para el uso del euskera y el castellano.

  • Reuniones internas formales (entre otras, de los servicios, áreas y comisiones del IVAP, entre personal interno y con la clientela exterior):
    • Se realizará el esfuerzo necesario para que todas las reuniones de desarrollen en lengua vasca.
    • Si alguna de las personas participantes en la reunión no entendiera nada en euskera, quien ejerza de responsable de la misma propondrá que se efectúe en otra lengua.
    • De cualquier modo, en caso de existir dificultades para desarrollar la reunión en euskera, las personas allí reunidas acordarán el tratamiento lingüístico que se habrá de dar a la misma.
  • Reuniones externas formales (las que se efectúan fuera del IVAP): en ese tipo de reuniones, y aunque el idioma empleado para comunicarse sea otro, se procurará que la lengua vasca también esté presente.
  • Documentación para las reuniones: Se procurará que el material que se haya de manejar en las reuniones esté en euskera (orden del día, informes, presentaciones…).
  • Documentación generada en dichas reuniones: La documentación que se genere en las reuniones se redactará en euskera. Por lo demás, se efectuará el esfuerzo necesario para que el resto de documentación (actas, planes, memorias, plantillas, actuaciones de mejora…) también se redacte en dicha lengua.
  • Cuando exista posibilidad de emplear soporte digital (power point), y en el caso de que resulte imposible efectuar toda la presentación en euskera, se efectuará el esfuerzo necesario para emplear las dos lenguas oficiales alternativamente. Por ejemplo: aquello que se explique de viva voz en castellano aparecerá en la pantalla en euskera y viceversa. De cualquier modo, se procurará dar preferencia a la lengua vasca. En cualquier caso, si se repartiesen en papel los contenidos que serán presentados en la reunión, se dejará que, en función de las  preferencias de cada cual, los documentos estén redactados sólo en euskera o en ambos idiomas.
  • Se procurará ofrecer servicio de interpretación para los temas de mayor entidad.
  • En la tanda de preguntas-respuestas, se continuará hasta el final en la lengua en que se efectúe la pregunta, y después se resumirá lo expresado, sea cual sea la opción idiomática elegida al hacer la pregunta (si la explicación se ha dado en euskera, el resumen se hará en castellano y viceversa).
  • En general, se efectuará el esfuerzo necesario para ofrecer al personal del IVAP formación en euskera. De cualquier modo, en el diagnóstico de necesidades de formación, se preguntará al personal sobre su opción idiomática a la hora de recibir formación y se procurará atender sus demandas.