Legislación

En el Estado español, la base jurídica del lenguaje claro se encuentra en el artículo 20 de la Constitución (abre en nueva ventana), que reconoce el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz y una comunicación administrativa adecuada. Además, las políticas de gobierno abierto promueven el uso de un lenguaje claro en los textos administrativos, con medidas para simplificar la información y mejorar la comprensión por parte de la ciudadanía. Asimismo, los estándares ISO 24495-1 (2023) e ISO 24495-2 (2025) establecen directrices internacionales que exigen claridad y una estructura coherente en los documentos administrativos y jurídicos.

En la Comunidad Autónoma del País Vasco, el uso del lenguaje claro está vinculado al régimen lingüístico. El artículo 3 de la Constitución y el artículo 6 del Estatuto de Autonomía establecen la cooficialidad del euskera y del castellano, determinan la obligación de la ciudadanía de hacer un uso adecuado de ambas lenguas y de garantizar que la Administración la utilice. A ello se suma la Ley 10/1982 (abre en nueva ventana), de normalización del uso del euskera, cuyo objetivo es consolidar la presencia y comprensión del euskera en las relaciones administrativas.

En este contexto se enmarca también el Decreto 19/2024 (abre en nueva ventana), por el que se regulan los criterios de uso del euskera y la comunicación administrativa en el Sector Público Vasco. Este Decreto define los principios relativos a la lengua de servicio, la lengua de trabajo y la imagen institucional, establece que los textos deben ser claros, comprensibles y adaptados a la ciudadanía.