Legislación
En el Estado español, la base jurídica del lenguaje claro se encuentra en el artículo 20 de la Constitución , que reconoce el derecho de la ciudadanía a recibir información veraz y una comunicación administrativa adecuada. Además, las políticas de gobierno abierto promueven el uso de un lenguaje claro en los textos administrativos, con medidas para simplificar la información y mejorar la comprensión por parte de la ciudadanía. Asimismo, los estándares ISO 24495-1 (2023) e ISO 24495-2 (2025) establecen directrices internacionales que exigen claridad y una estructura coherente en los documentos administrativos y jurídicos.
En la Comunidad Autónoma del País Vasco, el uso del lenguaje claro está vinculado al régimen lingüístico. El artículo 3 de la Constitución y el artículo 6 del Estatuto de Autonomía establecen la cooficialidad del euskera y del castellano, determinan la obligación de la ciudadanía de hacer un uso adecuado de ambas lenguas y de garantizar que la Administración la utilice. A ello se suma la Ley 10/1982 , de normalización del uso del euskera, cuyo objetivo es consolidar la presencia y comprensión del euskera en las relaciones administrativas.
En este contexto se enmarca también el Decreto 19/2024 , por el que se regulan los criterios de uso del euskera y la comunicación administrativa en el Sector Público Vasco. Este Decreto define los principios relativos a la lengua de servicio, la lengua de trabajo y la imagen institucional, establece que los textos deben ser claros, comprensibles y adaptados a la ciudadanía.

