Responsable de los Servicios Sociales

02/10/2023 - 30/10/2023
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Lasarte
Gipuzkoa
Resumen
¿Quién oferta?:
Ayuntamiento de Lasarte-Oria
Plaza:
Responsable de los Servicios Sociales
Puesto:
Responsable de los Servicios Sociales
Nº Plazas:
1
Clase:
Funcionaria/o
Tipo de contrato:
Funcionaria/o
Grupo:
A2
Funciones y tareas:

— Planificar, organizar y dirigir la actividad que se realiza en la Unidad de Servicios Sociales, Igualdad, Cooperación y Socio-Economía.

— Dirigir, planificar, coordinar, impulsar, y supervisar el funcionamiento de la Unidad.

— Realizar el control, ejecución, instrucción, coordinación y gestión de las tareas administrativas, técnicas u operativas correspondientes a materias propias de la Unidad en la que se encuentre encuadrado.

— Coordinar y evaluar al personal integrado en la misma.

— Evaluar los resultados de gestión de la unidad y seguimiento de los indicadores.

— Priorizar las actuaciones a realizar en el ámbito de la unidad, la distribución adecuada de las cargas de trabajo entre el personal asignado, estableciendo los circuitos de actuación que correspondan.

— Ejecutar e impulsar las acciones de mejora.

— Elaborar memorias o informes de las actividades realizadas.

— Colaborar en la redacción de los pliegos de prescripciones técnicas, documentación contractual y responsabilizarse de la gestión y ejecución de los contratos que le sean encomendados.

— Ejercer las funciones propias del puesto base susceptible de poder ocupar dicha jefatura.

Titulación:

La titulación exigida es la que corresponde al subgrupo A2: título de grado, licenciatura, diplomado universitario, ingeniero/a técnico/a, arquitecto/a técnico/a o equivalente.

Perfil lingüístico:

Perfil lingüístico 4 (fecha de preceptividad: 01/01/2014).

Otros requisitos:

a)    Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de algún otro Estado en que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el conyugue de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europa, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su conyugue, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean estos descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad y vivan a sus expensas (artículo 57 RDL 5/2015).

b)    Formular solicitud previa.

c)    Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d)    Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

e)    No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f)    Estar en posesión de la titulación exigida, o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

g)    No hallarse incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, previstos en la normativa vigente en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio, para quienes ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible, de ejercitar el derecho de opción a que se refieren las citadas normas legales.

h)    Acreditar dentro del proceso selectivo estar en posesión del Perfil Lingüístico 4 o equivalente, o superar las pruebas de acreditación que al efecto se convoquen durante este proceso selectivo. La fecha en que deberá cumplirse este requisito será la fecha en que se realice la prueba de acreditación de perfil de este proceso selectivo.

Según lo dispuesto en el artículo 43.2 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi: en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo con Perfil Lingüístico 4 preceptivo, caso de no acreditarse éste por ninguna de las personas aspirantes se aplicará a dicho puesto el Perfil Lingüístico 3 a los únicos efectos de cobertura en tal convocatoria.

En este sentido, a los efectos de la cobertura del puesto convocado y de la bolsa que se genere, conforme a la base decimoprimera, serán admitidos/as también las personas aspirantes que acrediten estar en posesión del Perfil lingüístico 3 de Euskara, o equivalente, si bien en todo caso prevalecerán las personas aspirantes que acrediten el Perfil lingüístico 4 o equivalente.

 

Admisión
Electrónica:
  • electrónicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Lasarte-Oria, accesible a través de la página web, www.lasarte-oria.eus.
Presencial:
  • Las solicitudes se podrán presentar de forma presencial, debidamente cumplimentadas, en el Registro General del Ayuntamiento de Lasarte-Oria (Oficina de Atención a la Ciudadanía
  • Igualmente, las instancias podrán presentarse en los registros de las Administraciones Públicas señaladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, debiendo ser fechadas y selladas por el funcionario o la funcionaria correspondiente dentro del plazo de presentación de instancias.