Bolsa de trabajo de Auxiliar de Bliblioteca
Bizkaia
Descripción de las principales tareas a realizar:
— Atender al usuario de la Biblioteca: realizar los préstamos solicitados, orientarle y proporcionar información bibliográfica, etc.
— Cuidar la conservación del fondo bibliográfico y de las instalaciones en general y mantener el orden dentro del recinto.
— Registrar, clasificar, catalogar y colocar los libros en estanterías.
— Realizar diversas tareas administrativas tales como: confeccionar carnets de socios, estadísticas, informes y memorias sobre la actividad bibliotecaria, presupuestos, realizar petitorios de material, etc.
— Adquirir fondos bibliotecarios: seleccionarlos, rellenar formularios, visitar librerías, cotejar el material y las facturas, etc.
— Recoger la prensa diaria, envíos en correos y material en el Ayuntamiento y Gobierno Vasco.
— Controlar las publicaciones periódicas, elaborar dossiers e índices, fotocopiar artículos de revistas, etc.
— Mantener reuniones con sus superiores y con el resto de Auxiliares Bibliotecarios.
— Realizar, asimismo, aquellas tareas encomendadas acordes con la cualificación requerida para el puesto.
Hallarse en posesión de Título Oficial de Bachiller o Técnico o haber abonado los derechos para obtenerlos, en su caso.
Hallarse en posesión del perfil lingüístico 3
a) Hallarse en posesión de Título Oficial de Bachiller o Técnico o haber abonado los derechos para obtenerlos, en su caso.
b) Hallarse en posesión del perfil lingüístico 3 (PL3 de euskera o equivalente, según lo dispuesto en el Decreto 187/2017, de 4 de julio, por el que se modifica el Decreto de convalidación de títulos y certificados acreditativos del conocimiento de euskera y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas).
c) Hallarse en posesión de todos los Certificados IT Txartela relacionados a continuación:
— Word avanzado 2000, XP o posterior.
— Excel básico 2000, XP o posterior.
El Certificado de Excel avanzado, implicará el reconocimiento del Certificado Excel básico a los efectos del presente proceso.
d) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
e) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
f) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, debiendo poseer la aptitud psicofísica precisa y la compatibilidad de su capacidad o discapacidad para el normal desempeño de las funciones y tareas del puesto de trabajo al que corresponden la plaza a las que va dirigida la configuración de la bolsa de trabajo, que se acreditará por los Servicios Médicos Municipales.
g) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.
h) No hallarse incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, previstos en la normativa vigente en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio, para quienes ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible, de ejercitar el derecho de opción a que se refieren las citadas normas legales.
i) Los demás requisitos establecidos en las Leyes y en las Bases Generales de convocatoria para la provisión en propiedad de plazas de plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao («Boletín Oficial de Bizkaia» número 131 de 10 de julio de 2020).
El modelo oficial que hay que rellenar y el procedimiento a seguir están disponibles en la página web https://ope.bilbao.eus.
El modelo oficial de solicitud que hay que rellenar es el del Anexo I. Podrá presentarse en los lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (anterior artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
